Violencia laboral contra las mujeres: una guía sobre qué hacer si la vives

El 19.7% de las mexicanas mayores de 15 años ha vivido violencia laboral y la mayoría no ha denunciado, entre otras causas por desconocimiento sobre a quién acudir y qué hacer.

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Foto: Shutterstock

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CIUDAD DE MÉXICO. Debido a la falta de información en México sobre las acciones que pueden emprender las mujeres cuando viven violencia laboral, buena parte de ellas nunca acuden a las instancias y/o autoridades correspondientes, sus derechos quedan vulnerados y siguen viviendo bajo riesgo.

Lo cierto es que las mujeres hoy cuentan con diversas opciones para actuar, tanto al interior de la impresa como al exterior, a través de las entidades representantes del Estado, laborales, penales y civiles, mencionó Liliana Figueroa, representante de la asociación Abogadas con Perspectiva. Sin embargo, en muchas ocasiones desconocen estas vías o temen que al acercarse a ellas e imponer denuncias, haya consecuencias negativas para ellas, dijo.

“Para nosotras las mujeres es mucho más complicado tener los ingresos propios y cuando ya se tienen, por estar siendo empleadas en algún centro laboral, pues procuramos mantener ese trabajo, mantener ese ingreso", explica. Justo ése es uno de los factores principales que lleva a las mujeres a no denunciar lo que están viviendo.

"Por el temor de quedarse sin trabajo, por el temor de no tener [el dinero] que les permitan sobrellevar también esta dinámica judicial”, señaló en entrevista para la plataforma de educación continua Dalia Empower.

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En México, 19.7% de las mujeres mayores de 15 años que han trabajado, es decir, 7 millones 899 mil 17 mujeres, han vivido alguna situación de violencia en el ámbito laboral, según la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2021.

También tienes que leer: Violencia contra las mujeres fuera del trabajo: ¿por qué las empresas también deben atenderla?

El 92% de esas mujeres no solicitaron apoyo ni presentaron denuncias ante alguna institución. De ellas, 31.6% no lo hizo porque consideró que no fue algo grave; 22.2% por temor a las consecuencias; 13.4% porque consideró que no le creerían; 12.9% por vergüenza y 12.4% porque no sabía dónde denunciar.

Si ya estás pasando por violencia laboral en tu lugar de trabajo o por si alguna vez te sucede (y esperamos que jamás ocurra), en Dalia Empower nos dimos a la tarea de compilar en esta guía las acciones que puedes realizar y lo que debes esperar en cada instancia a la que acudas.

Debes tener claro que estas opciones que te compartimos no son excluyentes entre sí, es decir, puedes presentar una denuncia penal y usar las vías internas de tu lugar de trabajo al mismo tiempo, entre otras combinaciones.

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1.- Recurre a tu centro de trabajo

La primera opción es acudir a las instancias del propio centro de trabajo. Las empresas están obligadas por ley a contar con un protocolo para actuar en caso de que alguna colaboradora manifieste esta problemática, dijo Figueroa.

Es posible que el propio centro de trabajo haya cumplido con su obligación de difundir los protocolos y, con ello, las y los trabajadores sepan perfectamente quién deben acudir; sin embargo, de ser así, la opción es acercarse al área de recursos humanos, que igualmente está obligada a tener la capacitación necesaria para actuar.

“Existe esta obligación patronal. Quiero retornarme un poquito al 2019. Con la reforma laboral a la Ley Federal del Trabajo se estableció dentro de las obligaciones patronales, implementar [en conjunto] las personas empleadoras en coordinación con las personas trabajadoras, un modelo o un protocolo de atención, un protocolo de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia”, detalló la abogada.

Como resultado de ello, añadió, tanto la reforma laboral como la Norma Oficial Mexicana 035 de la Secretaría de Trabajo, obligan a los centros a contar con este modelo y ejecutarlo.

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Y ¿qué debes esperar cuando recurres a la vía interna? De inicio, que se lleve a cabo el proceso interno de investigación. Para ello, habrá una serie de pláticas con las partes involucradas, pero no tienes que aceptar de manera forzosa hablar con la persona agresora. Este proceso se puede llevar con ambas partes en espacios separados, menciona Liliana Figueroa.

También debes esperar un sanción a la persona agresora. Ahora bien, el lugar de trabajo puede sugerir cambiar de puesto a la víctima para evitar continuar en contacto con la parte agresora; esto, en caso de que la violencia no sea de tal gravedad que amerite el cese de la persona que ejerció la violencia.

“Es un proceso interno todavía dentro del centro laboral, pues se realiza a través de pláticas. No debe de ser propiamente con un enfrentamiento, sino de irlos turnando, turnando en entrevistas por separado. Se les da la opción a las mujeres: 'Pues mira, te está pasando esto; podemos reinstalarte con igual salario, igual horario, igual tipo de funciones que realices, pero en otra área'. Entonces, ahí la mujer podrá tener la opción”, señaló.

En ese caso, tú tendrás la opción de aceptar o no el cambio de puesto, pero éste no debe ser en tu perjuicio; es decir, no debe implicar la disminución de tu salario o una modificación de horario que te impacte negativamente.

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2.- Acude a las autoridades laborales

En caso de que las instancias internas de la empresa no te den una respuesta favorable, que prefieras no acudir a ellas o que, si lo has hecho, desees solicitar el apoyo de otras instancias al mismo tiempo, cuentas con varias opciones, de acuerdo con la abogada.

Puedes recurrir al Centro de Conciliación y Arbitraje, que forma parte de la autoridad en materia laboral. En este lugar se hará un proceso de conciliación y mediación con el apoyo de las autoridades.

“Hay como un mito, creo que sí lo podemos denominar así, un mito; por cuanto hace a un famoso buró que refieren las personas. No sé si te ha tocado escucharlo. Aquel buró donde dicen: 'Es que la empresa me va a boletinar si demando laboralmente'; 'Es que la empresa me va a boletinar con otras empresas, si es que llego a denunciar un tema de violencia en el ámbito laboral'. Entonces, ese temor es lo que hace que las mujeres no denuncien”, explicó Figueroa.

La experta sostuvo que ese buró es falso y que no existe manera en que una empresa pueda boletinar a una persona que llevó su caso ante las autoridades laborales. Por lo tanto, el historial laboral de la víctima no se verá afectado.

Por otra parte, aunque la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia es muy clara, al indicar que ninguna autoridad puede incitar a una víctima de violencia de género para que concilie con su agresor, debido a que se consideran delitos graves, en materia laboral se toma una ruta alterna en la que se busca el bienestar de la denunciante. Esto significa que el Centro de Conciliación y Arbitraje buscará que recuperes tu puesto laboral si fuiste despedida en una mala práctica de la empresa o que obtengas tus prestaciones de ley, tanto si te despidieron como si optaste por dejar tu puesto. Entre esas prestaciones están, por ejemplo, el aguinaldo y la prima vacacional.

De manera independiente deberás continuar con un juicio laboral para obtener tu reintegro (en caso de despido por mala práctica) y por la vía penal para lograr el resto de las sanciones.

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En cualquiera de los casos (mediación con la empresa para continuar laborando en el lugar o la entrega de las prestaciones), la mujer denunciante no deberá convivir o tener contacto con el agresor, subrayó Figueroa. Ése es justo uno de los mayores temores de las mujeres al momento de denunciar, pero ese contacto se evita en la práctica, aseguró la experta.

Detalló que existen dos formas diferentes de evitarlo. En una, se solicita que la persona agresora no se presente de manera directa, sino que envíe a un representante. Si esto no sucede, está la segunda opción, que es hacer la conciliación de ambas partes en espacios físicamente separados.

En muchas ocasiones, afirmó, el agresor es el dueño de la empresa o es un alto mando, y se presenta para hacer la conciliación. En esta situación, el personal de conciliación y arbitraje les prepara salas separadas y lo más retiradas posible entre sí. El personal es quien entra y sale de las salas para llevar las ofertas y contraofertas y firmar el papeleo necesario, en caso de proceder.

Una vez terminado el proceso, se permite el retiro del agresor y se resguarda a la mujer un tiempo razonable en el sitio hasta que éste se haya ido y se encuentre lejos. Entonces sí, se le da salida a ella.

En caso de que el centro de conciliación no resulte suficiente o no se llegue a algún acuerdo con la empresa, se puede iniciar un juicio laboral para poder recuperar los recursos que corresponderían a la liquidación y salarios caídos.

Es importante que en caso de que la empresa no haya seguido correctamente los protocolos, puede ser multada por la Secretaría del Trabajo, ya que algunos instrumentos como la NOM 035 enmarcan el tema de la violencia de género. Por eso las empresas buscarán evitar esos errores.

Lee más: Decálogo para que las empresas combatan en serio la violencia contra las mujeres

3.- Realiza una denuncia penal

Independientemente de si realizas una queja al interior de la empresa u optas por acudir con las autoridades laborales, siempre tienes la opción de la vía penal para seguir al proceso jurídico contra tu agresor. Para ello, debes acudir ante la fiscalía local.

Todos los códigos penales de los estados reconocen la violencia laboral como un problema que enfrentan las mujeres. Pero, además, según el tipo de acto que se haya presentado, el proceso puede abrirse por distintos delitos: discriminación, violencia física, lesiones, violencia psicológica, abuso, acoso, hostigamiento, violación, entre otros.

Figueroa recordó que es un derecho de todas las mujeres acudir ante las instancias de procuración de justicia para realizar los procesos penales contra sus agresores.

Cuando se realiza una denuncia es necesario presentarse ante la Fiscalía y ratificarla. Como parte de esto, la mujer debe pasar por una serie de peritajes como la exploración médica y psicológica. La información resultante se añadirá al expediente. Posteriormente, la fiscalía del estado continuará el proceso como marquen sus protocolos locales.

Consulta: Los retos para reducir y eliminar la violencia contra las mujeres en el trabajo

4. Tienes otras vías: la civil y apoyos de terceros

“Muchas veces la mayoría de las mujeres, de las personas en general, piensan que cuando es un tema laboral es [un asunto] propiamente ante el centro de conciliación laboral o una cuestión ante tribunales laborales", expresa la abogada. Advierte que de manera común se desconoce que hay otras instancias, además, de la laboral o la judicial, a las que es posible acudir. Por ejemplo, ante un juez de lo civil. "Se puede demandar un daño moral por cuanto hace la violencia que hayas sufrido en tu centro laboral”, indicó Figueroa.

Ante los juzgados civiles es posible solicitar que el centro de trabajo brinde una indemnización por daño moral, si no actuaron de manera correcta al momento de atender la violencia laboral o la exposición que se realizó con respecto a la propia violencia. En este caso, comentó, es posible que se necesite apoyo de personal experto en leyes para presentar una demanda.

Otras instancias son los institutos de mujeres, tanto estatales como municipales. Éstos brindan apoyo tanto jurídico como psicológico a las mujeres que han vivido violencia de género, incluida la laboral. Las personas que acuden pueden solicitar de manera gratuita terapia psicológica, ya que forma parte importante de la atención a víctimas.

Otra instancia que igualmente da soporte con terapias psicológicas es la Comisión de Atención a Víctimas, tanto federal como estatal. Sin embargo, en algunos estados se solicita que se interponga la denuncia penal para poder iniciar el proceso.

Sumado a ello, en las entidades existen algunas asociaciones civiles que, aunque no forman parte del aparato estatal, sí realizan acciones de guía y acompañamiento en estos casos.


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