Diputados aprueban homologar feminicidio en todo el país; pasa al Senado

La tipificación será llevado a los códigos penales estatales y obligará a los ministerios públicos a investigar bajo el protocolo de feminicidio.

Foto: Unsplash
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CIUDAD DE MEXICO. La Cámara de Diputados aprobó que el tipo penal de feminicidio quede homologado en todo el país, debido a que en algunos estados se tratan estos casos como homicidio agravado o en razón de parentesco. La iniciativa ahora pasará al Senado.

Durante la sesión semipresencial que se llevó a cabo durante la conmemoración del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, la diputada Nayeli Arlen Cruz, del partido Morena en el poder, aseguró que el establecimiento del nuevo tipo penal, feminicidio, es producto de un reclamo social y una respuesta institucional a las voces que, incluso, consideraron dar un paso atrás en la eliminación del término para sustituirlo por el genérico “homicidio”.

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En su intervención, la diputara del PRI, Mariana Rodríguez, expresó que con este ordenamiento se pretende generar un mejor tipo penal de feminicidio. Esto, con el fin de que sea llevado a los códigos penales estatales, que obligue a los ministerios públicos a investigar bajo el protocolo de feminicidio cualquier asesinato de mujeres, que incluya agravantes y, sobre todo, visibilice esta pandemia de violencia contra las mujeres en todas sus formas.

Cabe señalar que, en febrero de 2020 el fiscal general de la República, Alejandro Gertz Manero, se reunió con un grupo de diputadas tras la polémica que generó su declaración sobre la desaparición del tipo penal de feminicidio.

A un año, se logró sacar a adelante esta reforma que modifica los artículos 325 del Código Penal Federal y el 131 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Además, contempla que el umbral de este delito sea mínimo de 40 hasta 60 años de prisión.

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Respecto a la adición al artículo 131 del Código Nacional de Procedimientos Penales, se señala que en la investigación de todos los hechos por los que se prive de la vida con violencia a una mujer, el ministerio público estará obligado a constatar si existe alguna de las razones de género establecidas en el delito de feminicidio, previsto en el artículo 325 del Código Penal Federal.

El Código Penal Federal establece que, en dicho delito se considera que hay una razón de género cuando existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito político, del sujeto activo en contra de la víctima.

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También cuando haya existido entre el sujeto y la víctima parentesco por consanguinidad o afinidad o una relación sentimental, afectiva, laboral, docente, de confianza o alguna otra que evidencia desigualdad o abuso de poder entre el agresor y la víctima.

Asimismo, cuando se determine que hubo amenazas directas o indirectas; cuando el cuerpo de la víctima sea arrojado o depositado en un lugar público. Y cuando el sujeto activo haya obligado a la víctima a realizar una actividad o trabajo o haya ejercido sobre ella cualquier forma de explotación.

El proyecto de decreto se aprobó con 436 votos a favor, uno en contra, y cero abstenciones, y se encuentra en el Senado para su discusión y aprobación.

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