El aborto aún no es legal en México; te explicamos por qué y qué falta para eso
Los fallos de la SCJN sobre Coahuila y Sinaloa sentaron un precedente y permiten un avance, pero falta la actuación de los Congresos.
CIUDAD DE MÉXICO. Hace unos días, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es inconstitucional penalizar a las mujeres que aborten voluntariamente en Coahuila y que la Constitución de Sonora reconozca la vida desde la concepción. Pese a que ambos fallos implican que jueces de todo el país fallen de igual manera en casos similares, no significa que la interrupción del embarazo ya es legal; en realidad, faltan varios pasos para que eso suceda.
A continuación te explicamos cuáles son esos pasos:
1 Aprobar el aborto en legislaciones
Primero hay que hacer notar que en el caso de Coahuila, la SCJN determinó la inconstitucionalidad de la penalización del aborto y por lo tanto declaró inválidos los artículos del Código Penal de la entidad que lo hacían. Por lo tanto, las mujeres que aborten no podrán ser sancionadas.
Con ello, Coahuila se convierte en el quinto estado en despenalizar el aborto de manera similar a como se hizo en la Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz, donde se permite la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas de gestación.
Sin embargo, en el resto de los estados es necesario modificar las leyes locales para que se permita la interrupción y eso se encuentra a cargo de cada uno de los Congresos.
“No se despenalizó el aborto en el país, pues cada estado sigue teniendo previsto el aborto en los términos específicos […] No obliga a las legislaturas a reformar, pero pueden retomar argumentos para poder reformar sus códigos, porque la SCJN dio argumentos”, indicó la abogada Esmeralda Lecxiur a Dalia News+Media, la plataforma de información y contenidos de Dalia Empower.
El Congreso de la Unión también puede modificar el Código Penal Federal para que el aborto sea legal a nivel federal, pero eso no implica un cambio automático en los estados. Los Congresos locales tendrían que hacer las modificaciones para homologar sus leyes en el mismo sentido y eso puede tardar años.
2 Modificar el concepto de ‘protección de la vida desde la concepción'
En Sinaloa se declaró inconstitucional la protección de la vida desde la concepción. El máximo tribunal del país argumentó que las legislaturas no tienen la facultad de determinar el momento en que inicia la vida y, por otra parte, ese derecho no puede pasar por encima de las personas gestantes a decidir.
En la actualidad, cerca de 20 estados determinan en su Constitución local la protección de la vida desde la concepción. Para cambiar eso, los congresos locales tendrían que hacer las modificaciones necesarias en el mismo sentido. Tras el fallo de la Corte ya cuentan con argumentos para ello.
Por ahora, en Sinaloa, si a una mujer se le niega el aborto, puede interponer un amparo para conseguirlo, pero no funciona en automático, sino que requerirá de un proceso legal.
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3 Instalar espacios y protocolos sanitarios
En el caso de Coahuila -al igual que sucede en los otros cuatro estados donde es legal el aborto hasta las 12 semanas-, la Secretaría de Salud está obligada a brindar y facilitar esa atención como parte de los servicios de salud pública.
Por ejemplo, en Ciudad de México se han establecido clínicas donde se practican las interrupciones de embarazo, a las cuales se suman los hospitales.
Sin embargo, para llegar a ese punto será necesario que las y los legisladores hagan los cambios en las leyes locales para echar a andar el servicio.
Leyes antiderechos que afectan principalmente a las más vulnerables
Entre 2010 y 2014, en México hubo 56 millones de abortos provocados, en condiciones de seguridad o sin ellas, de acuerdo con GIRE (Grupo de Información en Reproducción Elegida).
La falta de espacios sanitarios seguros para interrumpir el embarazo -como consecuencia de leyes restrictivas- provoca la muerte de 47 mil mujeres cada año. Además, entre 4.7% y 13.2% de la mortalidad materna anual se atribuye a un aborto inseguro que generalmente es clandestino, según Amnistía Internacional.
Es necesario destacar también bajo este contexto que 24.4% de mujeres en el mundo no tienen acceso a métodos anticonceptivos aunque los requieran, según la Organización Mundial de la Salud. Tan solo en México el Consejo Nacional de Población estimó que consecuencia de la pandemia y la necesidad no satisfecha de anticoncepción, existirían 133 mil embarazos no planeados.
Por otra parte, las mujeres con menos recursos, acceso a servicios y educación son las más afectadas.
“La penalización del aborto castiga en mayor medida a quienes viven en condiciones de vulnerabilidad por factores como raza, etnia, clase social o nivel educativo y que, además, tendrán menos herramientas para enfrentar procesos penales y consecuencias de salud adversas”, asegura GIRE.
La misma Corte destacó este hecho, así como el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir sobre sus cuerpos.
"Vamos a defender a las niñas más pobres de este país, vamos a defender a las mujeres más marginadas, no vamos a permitir desde el Poder Judicial que se siga discriminando a la mujer, que se le siga condenando a una prisión injusta, simplemente por ejercer sus derechos", dijo Arturo Zaldívar, ministro presidente del máximo tribunal el 7 de septiembre pasado.
En ese sentido, las mujeres que por ley no pueden interrumpir sus embarazos en sus estados, viajan a las entidades donde sí se les permite hacerlo cuando cuentan con los recursos necesarios.
En la Ciudad de México, 30.8% de las interrupciones de embarazo que se han hecho en clínicas desde abril de 2007 y hasta el 31 de marzo de este año, correspondieron a mujeres de otras entidades del país, según datos oficiales.
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¿Qué pasa con las mujeres encarceladas en Coahuila?
Como ya se dijo, la despenalización del aborto solo aplica al estado de Coahuila y además es retroactiva, por lo que allí todas las mujeres detenidas y acusadas de aborto deben salir de manera automática.
En el resto del país, las y los jueces que lleven casos de este tipo deberán analizarlos bajo los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es decir, que deberán tomar en cuenta que es inconstitucional sancionar el aborto.
Sin embargo, esto no quiere decir que las mujeres libren el proceso penal.
Es decir, salvo en los estados donde el aborto ya es legal, las mujeres que decidan abortar, además de no contar con un servicio de salud seguro, podrán seguir siendo perseguidas por la Fiscalía local y enfrentar cargos, prisión y estigma social. Hasta que su caso llegue ante un juez, será cuando este estará obligado a seguir los criterios de la Suprema Corte.
Por otra parte, Esmeralda Lecxiur detalló que bajo los criterios del máximo tribunal, en los estados donde ya se permite la interrupción hasta las 12 semanas, las mujeres también podrán interponer un amparo para lograr ser atendidas aunque superen ese límite de tiempo.
“Supongamos que ya pasaron las 12 semanas en Veracruz y no hay ninguna de las causales [como violación, riesgo a la salud, malformación congénita]. [La mujer] podrá promover un amparo para que el juez de distrito le permita abortar aun pasadas las 12 semanas, pero debe promover el amparo para que le apliquen el precedente, porque luego de las 12 semanas, si no hay causal, sigue siendo delito en Veracruz, por ejemplo”, afirmó.
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¿Qué pasa con las mujeres encarceladas en otros estados?
En el resto del país, las mujeres en prisión por abortar deberán interponer un amparo para conseguir su libertad.
“Las mujeres en Coahuila procesadas y sentenciadas pueden salir libres porque ahí sí, el delito dejó de existir […] en las demás entidades deben pedirlo a un juez, ya sea el que lleva su asunto o el de amparo”, indicó Lecxiur.
En caso de las mujeres detenidas o sentenciadas coloquen un amparo, los tribunales deberán seguir los criterios que impuso la Corte y por lo tanto liberarlas.
Para este proceso, las mujeres podrán echar mano del Instituto Federal de la Defensoría Pública, de acuerdo con lo que informó el presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar,
La titular de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia, Fabiola Alanís, declaró que actualmente existen 432 carpetas de investigación por aborto que fueron abiertas entre enero y julio, por lo que dijo que todas deberán ser revisadas conforme los nuevos criterios.
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En esas cifras destacan el Estado de México con 93 carpetas y Nuevo León con 67. La Ciudad de México -donde es legal la interrupción hasta las 12 semanas-tienen 52 procesos.
Lecxiur explicó, en ese sentido, que en estados donde se permite hasta las 12 semanas, si una mujer es procesada por rebasar ese tiempo, también puede pedir un amparo ante los nuevos criterios que existen.
Sin embargo, GIRE ha señalado en reiteradas ocasiones que existen algunas mujeres que se encuentran en prisión por haber abortado voluntaria o involuntariamente, pero que el proceso legal fue abierto por homicidio, y en este caso las penas son mayores.
Según la asociación civil, no se conoce cuántas mujeres se encuentran en prisión bajo estas circunstancias. Sus casos serán analizados de manera distinta debido a la variación del tipo penal.
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Y ¿qué sucederá con la objeción de conciencia?
La objeción de conciencia es la razón por la que los médicos y médicas pueden negarse a practicar un aborto, teniendo en cuenta sus creencias personales.
Este es el nuevo tema sobre el cual votará la Suprema Corte de Justicia de la Nación el próximo 20 de septiembre.
Sin embargo, la mayor parte de las y los ministros ya se perfilaron hacia la aprobación de ese derecho de los médicos, pero el Estado deberá garantizar que existan espacios donde las mujeres puedan acceder también a sus derechos.
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