6 prohibiciones que tendrán deudores alimentarios en México
En el país, el 67.5% de las madres solteras no recibe pensión alimenticia. El Congreso aprobó el Registro Nacional de Deudores Alimentarios.
CIUDAD DE MÉXICO. En México, la mayor parte de las mujeres que maternan solas no reciben los recursos necesarios por parte de los padres de sus hijos e hijas para cubrir los gastos que representan, pues de acuerdo con la Gaceta del Senado de la República, este grupo integra el 67.5% de las madres solteras.
El pasado 22 de marzo, el Senado aprobó una reforma -previamente aprobada por la Cámara de Diputados- en la que se establece la creación de un Registro Nacional de Deudores Alimentarios y se contemplan varias prohibiciones para quienes ingresen a esa lista.
En el país, 3 de cada 4 hijos e hijas de padres separados no reciben pensión alimenticia. Además, en 91% de los casos de pensión, los acreedores son los hijos e hijas; en el 18% son las exparejas, de acuerdo con la Gaceta del Senado LXIV/1PPR-6-2375/88667.
El documento añade que tan solo en 2016 se registraron 25 mil 624 denuncias por incumplimiento de pensión alimenticia. Los estados con más denuncias son Sonora, Estado de México y Tamaulipas.
Ante esta situación, las y los legisladores decidieron que el Registro Nacional de Deudores Alimentarios sirva para que autoridades de diferentes áreas cuenten con un listado de identificación que les permita aplicar medidas que obliguen a los deudores a cumplir con su responsabilidad. Por ello, también se aprobó que quienes ingresen a ese padrón sean sancionados con una serie de prohibiciones como:
- Salir del país, si es la vía que puede usar el deudor para evadir el pago de pensión
- Obtener licencias de conducir, pasaporte y otros documentos de viaje
- Participar como candidato a cargos de elección popular
- Participar como aspirante a juzgados o magistraturas
- Realizar acciones ante notario público como compraventa de inmuebles
- Contraer matrimonio sin que se informe al futuro cónguye que es deudor
¿Cuándo entrará en funciones el Registro y cómo funcionará?
El decreto fue publicado el 8 de mayo en el Diario Oficial de la Federación. A partir de ese día, el DIF (Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia) -responsable de operar el listado- cuenta con 300 días para implementarlo
Posteriormente, los tribunales y juzgados tendrán 20 días para generar sus procesos y el propio Registro también contará con un plazo de 90 días para emitir todas las normativas y reglas de su funcionamiento.
Durante ese tiempo, cada una de las instituciones involucradas en las restricciones aprobadas -por ejemplo, la Secretaría de Relaciones Exteriores, las secretarías de Tránsito o institutos electorales- deberán establecer si solicitan o no un certificado de no deudor a quienes soliciten trámites. Es decir, quedará en manos de estas instituciones el que las prohibiciones se hagan efectivas.
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Ahora, ¿quiénes serán los encargados de proporcionar la información sobre personas que incumplen con obligaciones alimentarias? Los Tribunales Superiores de los estados.
El Registro Nacional de Deudores Alimentarios será actualizado de manera mensual, podrá ser revisado por todas las instituciones y deberá expedir certificados de no adeudo de manera gratuita a quienes lo requieran para llevar a cabo trámites.
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