Lo que debes saber sobre la violencia digital y la Ley Olimpia, a punto de ser federal

El Pleno del Senado aprobó cambios a la ley para incluir delitos relacionados con violencia digital y violencia mediática, que es dirigida principalmente contra mujeres.

CIUDAD DE MÉXICO. Si eres mujer y usuaria de plataformas digitales esta información te interesa porque el 5 de noviembre fue aprobada por el pleno del Senado mexicano la reforma conocida como Ley Olimpia, que reconoce la violencia digital y la violencia mediática, y cuyos delitos derivados se sancionarás hasta con seis años de prisión.

8 datos para enterarte

  • La llamada Ley Olimpia es un conjunto de normas en torno a la difusión de videos privados de mujeres que no dieron su consentimiento para ello. El objetivo es reconocer la violencia digital -que se dirige principalmente a las mujeres- y sancionar los delitos que violan la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales.
  • Esta ley surgió a raíz de la difusión de un video de contenido sexual no autorizado de Olimpia Coral Melo, una mujer de Puebla que fue víctima de hostigamiento selectivo, en consecuencia, durante 2013.
  • En 2018, la misma Olimpia impulsó la iniciativa para reformar el Código Penal de dicha entidad y tipificar tales conductas como violación a la intimidad hasta su aprobación en esa entidad. Después de ello, la acción se replicó en 17 entidades federativas: Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Chiapas, Durango, Guanajuato, Guerrero, Estado de México, Jalisco, Michoacán, Nuevo León, Oaxaca, Querétaro, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y Ciudad de México.
  • Luego de una semana de discusión en comisiones y en la Cámara de Diputados, el Senado aprobó el 5 de noviembre la reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal Federal. Con ello, las nuevas normas se aplicarán en todo el país.
  • Las conductas punibles son: videograbar, audiograbar, fotografiar o elaborar videos reales o simulados de contenido sexual íntimo, de una persona sin su consentimiento o mediante engaño. También exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y compartir imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona, a sabiendas de que no existe consentimiento, mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico. La pena es de hasta seis años de cárcel.
  • Todos estos actos se consideran violencia digital porque atentan contra la integridad, la dignidad y la vida privada de las mujeres. También se les puede denominar cibervenganza, ciberporno y acoso sexual.
  • Además, se incorporó la definición de violencia mediática, que es todo acto de un medio de comunicación que promueva estereotipos y discursos de odio sexistas, discriminación de género o apología de la violencia contra mujeres y niñas, cause daño psicológico, sexual, físico, económico o patrimonial.
  • El dictamen regresará a la Cámara de Diputados -donde se originó la iniciativa- y deberá ser revisado y aprobado para su promulgación.

Cifras para dimensionar su importancia

El 24% de la población de 12 años y más usuaria de internet en México fue víctima de ciberacoso en 2019, de acuerdo con el más reciente Módulo sobre Ciberacoso (MOCIBA) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) en abril pasado.

El ciberacoso fue mayor para mujeres (24.2%) que para hombres (23.5%).

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La situación de ciberacoso más frecuente que experimentaron las mujeres fueron las insinuaciones o propuestas sexuales (40.3%), mientras que en el caso de los hombres fue la recepción de mensajes ofensivos (33%).

Los adolescentes y jóvenes son los más expuestos: 28.1% de los hombres de 12 a 19 años y 36.4% de las mujeres de 20 a 29 años, señalaron haber vivido algún tipo de ciberacoso.

En 53.4% de los casos no se identificó a las personas acosadoras, en 25.5% se logró detectar solo a personas conocidas, mientras que en 21% se identificó tanto a personas conocidas como a desconocidas.

En los casos en que las víctimas lograron identificar el sexo del agresor, 61.8% de los hombres y 54.8% de las mujeres señalaron que se trataba de un hombre.

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